No empobrecer de sacerdotes las Iglesias de origen

No empobrecer de sacerdotes las Iglesias de origen

  • On 25 de junio de 2020

OMPRESS-ITALIA (25-06-20) Para evitarlo, nueve años será el límite máximo de permanencia en Italia de los sacerdotes que ejerzan su ministerio en este país y provengan de territorios de misión; al volver a sus diócesis de origen “serán un puente entre dos orillas”. El Consejo Permanente de la Conferencia Episcopal Italiana aprobaba el 16 de abril la actualización de los convenios para el servicio pastoral, que entrará en vigor el próximo 1 de septiembre.

Como explicaba el secretario de la Comisión de Cooperación Misionera entre las Iglesias, Giuseppe Pizzoli, “se trata de facilitar la cooperación y el intercambio entre Iglesias hermanas, asegurándose de que los sacerdotes enviados sean un puente entre las dos orillas”, es decir, “entre la Iglesia de los territorios de misión y la nuestra”. Bajo esta óptica, los sacerdotes extranjeros que lleven a cabo un servicio pastoral en Italia, por un período máximo de nueve años, deberán obtener un certificado de lengua italiana de nivel A1 y A2. Esta novedad surge de “una exigencia pastoral”, que es la de “permitir que un sacerdote extranjero que ingresa en el sistema de sostenimiento del clero celebre misa en la lengua del país anfitrión”, explican desde la Comisión. “Otro cambio importante hace referencia a la duración máxima de la estancia de sacerdotes extranjeros en nuestro país, que se limita a nueve años”.

Cada sacerdote extranjero que llega a Italia para llevar a cabo labores pastorales firma una “convención” – que no será renovable pasados los nueve años –, en la que se recogen los acuerdos sobre la modalidad de servicio prestado, el sostenimiento económico del sacerdote, los periodos de vacaciones y de formación, el acompañamiento que le dispensará la diócesis de acogida, así como el modo de proceder en caso de tener que abandonar su ministerio en Italia de modo anticipado para volver a su país de origen.

Una convención que firman el sacerdote y los obispos de la diócesis de acogida y de origen. A esta convención se adjuntan hasta seis documentos: la petición del obispo de la Iglesia que envía con la aprobación del Nuncio apostólico del país de origen, el curriculum vitae del presbítero, celebret, declaración de asentimiento del sacerdote, certificado médico, certificado de formación, título habilitante de cara al sostenimiento económico, conferido por la Comisión Episcopal para la Migraciones de la Conferencia Episcopal Italiana.

El acuerdo de no renovar la convención más allá del periodo de nueve años, explican, busca “no empobrecer a las Iglesias diocesanas de incardinación de estos sacerdotes”, es decir, las de sus países de origen. En lo que respecta al idioma, las entidades en las que se pueden seguir los cursos de italiano son el Centro Unitario Misionero a partir de 2021, como organismo de referencia de la Conferencia Episcopal y, alternativamente, los institutos pertenecientes a la diócesis que albergará al sacerdote.

 

Comparte esta noticia en: